Proyectan crear firma digital para usarla mediante internet

El proyecto de Ley de Telecomunicaciones, que es tratado en la Asamblea Legislativa, reconoce la validez legal de la “firma digital” a travĆ©s de internet en distintos “actos jurĆ­dicos”, lo cual permitirĆ” a Bolivia tener abierto el camino para avanzar hacia una nueva forma de relacionamiento entre Estado y sociedad.

Este documento define la rĆŗbrica digital como “la firma electrónica que identifica Ćŗnicamente a su titular, creada por mĆ©todos que se encuentren bajo el absoluto y exclusivo control de su titular”, ademĆ”s de ser “susceptible de verificación”.

El proyecto reconoce el valor lĆ­cito y “probatorio” de todas las acciones legales efectuadas a travĆ©s de “documentos y firmas digitales” por “medios electrónicos”, que no necesariamente requieran la presencia fĆ­sica de una persona natural o jurĆ­dica.

Marcelo ElĆ­o, presidente de la Comisión de Planificación PolĆ­tica, Económica y Finanzas de Diputados, que trata el documento actualmente, destaca la introducción de la firma y el documento digital porque ayudarĆ” a “ganar tiempos, ahorrar procedimientos, tener información al instante del Estado”; ademĆ”s generarĆ” celeridad en los trĆ”mites al permitir que “lo que daba vueltas un mes, ahora va a ser casi instantĆ”neo”.

No es la firma convencional

Según anÔlisis, la firma digital ayudarÔ a certificar la autenticidad de un documento que lleva una firma electrónica y a identificar si alguien lo modificó después de que fue firmado.

Manuel Mercado, director de la Agencia para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en Bolivia, aclara que este recurso no es la digitalización de la firma manuscrita, sino un código electrónico e irrepetible que “tiene por detrĆ”s todo un mecanismo de certificación estandarizada a nivel internacional”, lo que permite que los documentos y las comunicaciones vĆ­a internet se den de “manera segura”.

Sin embargo, no es solamente un tipo de firma digital, sino que existen diferentes categorƭas y niveles y que se utilizan en distintos Ɣmbitos.

Mercado explicó que este recurso se usa generalmente en lo público-estatal, el gobierno electrónico y el sector comercial. En el primer caso se da, por ejemplo, a través del otorgamiento de una firma digital al cargo de un funcionario, que puede ser un ministro, a quien le sirve para enviar a otro Estado un convenio o documento oficial ya firmado digitalmente.

En la esfera del “gobierno electrónico” se utiliza en el mejoramiento de las relaciones Estado - ciudadano. Mario DurĆ”n, especialista en la materia, resume que la firma digital “es como una llavecita” que identifica a la persona y que “permite que cualquier ciudadano pueda hacer trĆ”mites y transacciones vĆ­a internet”.

En el tercer Ć”mbito, el abogado en telecomunicaciones Jorge Auza sostiene que se trata de una ventaja para el comercio electrónico, porque “agiliza trĆ”mites y negociaciones”, ademĆ”s que posibilita que cualquier contrato que se haga vĆ­a internet tenga respaldo legal para ser vĆ”lido en instancias judiciales, si asĆ­ se lo requiere.

Un avance y mucho por hacer

Los especialistas y autoridades coinciden en que la puesta en vigencia de la firma digital -una vez aprobada la Ley de Telecomunicaciones- serĆ” un avance importante, pues permitirĆ” una nueva forma de relacionamiento entre el Estado y la sociedad o de los ciudadanos entre sĆ­.

Hay paĆ­ses que aĆŗn no legislan sobre la firma digital


Bolivia es uno de los pocos países que no tienen legislación sobre la firma digital, una institución que permite un nuevo relacionamiento en actos jurídicos y transacciones entre el Estado y la sociedad, así como de los ciudadanos entre sí, e incluso de otras sociedades y Estados con el país.

Según una nota de Ae tecno -el espacio de la revista América Economía para temas tecnológicos-, Bolivia estÔ entre los cinco países, de los 23 de la región, que no legislan sobre la firma digital.

El avance comenzó en 1998, cuando Puerto Rico y Uruguay reformaron sus legislaciones para introducir la firma digital. Un año después le siguieron Bermuda y Colombia. Para el año 2000 se sumaron Islas CaimÔn, Perú y México.

En 2001, Venezuela, Argentina, PanamÔ y Brasil se alinearon en ese sentido. Un año después lo hicieron Chile y Ecuador. En 2003 ingresó en ese espacio Belice y Costa Rica en 2006, Guatemala en 2008, Trinidad y Tobago en 2009.

Cuba, Paraguay, El Salvador y Santa Lucía no poseen legislación al respecto. Bolivia tampoco, aunque actualmente se trata el proyecto de Ley de Telecomunicaciones, que legisla sobre la firma digital.

Manuel Mercado, director de la Agencia para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en Bolivia, asegura que a ese paso le sigue la reglamentación y una serie de etapas sobre la estructuración de la institucionalidad.

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